jueves, 12 de mayo de 2016

Deporte y discapacidad en Andalucía

Según el Anteproyecto de Ley del Deporte en su artículo 8, Deporte para personas con discapacidad, dice así:
1. Las Administraciones con competencias en materia deportiva de Andalucía, en sus respectivos ámbitos, promoverán y fomentarán la práctica de la actividad física y el deporte de las personas con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales.
2. A tal efecto, impulsarán las medidas adecuadas para favorecer la capacitación específica de las personas encargadas de la preparación deportiva de las personas con discapacidad.
3. La Consejería competente en materia de deporte favorecerá la progresiva normalización e integración de los y las deportistas con discapacidad en las federaciones andaluzas de la modalidad deportiva que corresponda.
Esquiador tres huellas
El jugador de futbol invidente málagueño Marcelo Rosado
Bajo esta premisa hay que mirar siempre al deporte que practican las personas con discapacidad. Sin duda, modalidades que conjugan todos los valores propios del deporte con especial acento en la superación. La integración, la accesibilidad, la eliminación de barreras físicas y discriminatorias, la igualdad, las limitaciones y las metas, la repercusión mediática o social…

Por suerte o por desgracia Andalucia es la única comunidad autónoma que tiene reconocidas cinco federaciones deportivas que a nivel autonómico agrupan a los colectivos de deporte y discapacidad: las de Deportes de personas con discapacidad física, Deportes de personas con discapacidad intelectual, Deportes de personas con parálisis cerebral, Deportes para ciegos y Deportes para sordos.

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